Los orígenes históricos de las Comunidades Autónomas
Comenzamos una nueva serie de artículos sobre la Historia de España. En concreto, a lo largo de 19 artículos, hablaremos del origen de las Comunidades Autónomas y los diferentes acontecimientos que las han convertido en lo que son hoy en día.
Según Juan Ferrando Badía (jurista), las Comunidades Autónomas son unas entidades públicas territoriales dotadas de autonomía legislativa y de órganos de autogobierno. También, son realidades públicas territoriales no dotadas de personalidad jurídica suprema.
Esto significa que su existencia depende del reconocimiento por parte de la Constitución de 1978 y que, por ello, no tienen carácter soberano. Son, además, la expresión de la pluralidad presente en España y han permitido a las regiones alcanzar los más altos niveles de autonomía de su historia, muy superiores a los de Estados Federales.
¿En qué momento de la historia se encuentra el origen de las Comunidades Autónomas?
Como nos contaba Pau Gómez Conca hace un par de años, el germen del sistema actual de división territorial español bebe, a nivel provincial, de la división de Javier de Burgos (1833) y, a nivel político, del Estado Integral de la II República (1931-1936 o 1931-1939, si se cuenta hasta la finalización de la Guerra Civil).
Pero claro, Javier de Burgos, titular de la Secretaría de Estado de Fomento durante el gobierno de Cea Bermúdez (1832-1834), no dividió España en 49 provincias y 15 regiones por ciencia infusa, sino que se inspiró en otras organizaciones territoriales del pasado, como los reinos taifas.
Por este motivo, hemos tomado como momentos clave para establecer el origen de las Comunidades Autónomas:
1 – Los citados reinos taifas
En 1031, el Califato de Córdoba se fragmenta en reinos islámicos independientes, los primeros taifas. Entre ellos, se encontraban Murcia, Córdoba, Sevilla, Huelva, Badajoz, Toledo, Zaragoza, Granada, Málaga, Valencia, Baleares o Almería.
2 – La mencionada división provincial de Javier de Burgos en 1833
Varios siglos después de los reinos taifas, la Ilustración (1700-1808) y la llegada a España de la dinastía borbónica (1700) y sus Decretos de Nueva Planta (1707-1716) supusieron el nacimiento de un nuevo concepto de nación española: absolutista, centralista y uniforme.
Antes de aquello, Carlos II, (sucedió a su padre Felipe IV), muere sin descendencia el 1 de noviembre de 1700. En su testamento establece que Felipe de Anjou, nieto de Luis XIV, herede el trono de España. Por temor al posible nuevo poder borbónico, las potencias europeas apoyan al archiduque Carlos de Austria como sucesor de Carlos II.
Este ocupaba la decimotercera posición entre la descendencia de Leopoldo I de Habsburgo, Emperador del Sacro Imperio Romano Germánico (1658-1705), a su vez, nieto de Felipe III de España.
La Corona de Aragón se posicionó a favor del archiduque y los 2 frentes darían lugar a la Guerra de Sucesión Española (1701-1713).
Un apoyo que salió caro, pero no trajo total desamparo
Al finalizar la contienda, los Decretos de Nueva Planta castigan la Corona de Aragón por su posicionamiento a favor del archiduque durante el conflicto. Con ellos, Cataluña, Valencia, Aragón y Baleares pierden su autonomía administrativa, fiscal y económica y se les imponen la organización y legislación castellanas.
Eso sí, los principios de igualdad característicos de la Ilustración, presentes en los decretos, compensan esas pérdidas permitiendo a esos territorios el acceso a los derechos y privilegios propios de Castilla.
Transcurridos más de 100 años de aquello, la división de Javier de Burgos, aprobada mediante decreto el 30 de noviembre de 1833, dividía España en 49 provincias. De Burgos se basó en la vieja organización en reinos y son, básicamente, las actuales.
Esta reforma, que convertía la provincia en la unidad básica de la Administración, fragmentó internamente los antiguos reinos dando a cada porción el nombre de su capital.
3 – La aparición y apogeo de los sentimientos nacionalistas y regionalistas (a partir de la segunda mitad del siglo XIX)
Según Juan Pablo Fusi (San Sebastián, 24 de septiembre de 1945), todos los nacionalismos surgen con la Revolución Francesa (1789) y se desarrollan en el siglo XIX. Por ello, durante el último cuarto y, gracias al romanticismo, la revolución industrial y las transformaciones que trajo consigo, florecen en toda Europa los regionalismos y nacionalismos.
Estos fenómenos dieron lugar a la investigación y exaltación de diferentes elementos históricos, culturales o lingüísticos, que empezaron a demandar la atención del poder político. En España, destacan el catalán, vasco, gallego y, en menor medida, el valenciano.
El Desastre del 98, cuando España se convierte en una potencia de segundo nivel y surge el sentimiento de inferioridad español, pone de manifiesto los grandes males del país. De todos ellos, muchas voces colocan en primer lugar el centralismo.
Además, el Desastre provocó cierto auge de los regionalismos o nacionalismos periféricos, pero que, exceptuando el vasco y el catalán, fracasaron en su articulación política. Estas excepciones se convirtieron en nacionalismos durante los distintos gobiernos de la Restauración (1874-1931) debido a la falta de soluciones a sus demandas.
4 – La II República
El primer intento de crear un Estado democrático, basado en la articulación del pluralismo regional español, se da en la Segunda República con el Estado Integral. De hecho, la Constitución del 9 de diciembre de 1931 no sólo admitía la autonomía de las regiones en un sistema descentralizado, sino que establecía el proceso para alcanzarla.
Así, en 1932, se aprobó el Estatuto de Autonomía de Cataluña y se empezó a trabajar en el de Castilla, Galicia o País Vasco. En 1936 pidieron su estatuto Aragón, Andalucía, Baleares, Canarias, Extremadura y Valencia. De ellos, el gallego fue ratificado por las Cortes al comienzo de la Guerra Civil y el vasco entró en vigor en octubre de 1936.
5 – La dictadura de Franco (1939-1975)
Con la victoria de Francisco Franco y el establecimiento de la dictadura, nace una Nueva España como contraposición a la republicana. Este nuevo Estado confunde Castilla con España y califica como atentatorio contra el país y su indiscutible unidad cualquier manifestación regionalista. De hecho, la dictadura trae consigo una vuelta al centralismo.
Además, se impuso el castellano como la única lengua y dejaron de considerarse legítimamente españolas todas aquellas realidades que no fuesen las castellanas. Es, por ello, que en esta concepción de lo inequívocamente español se encuentra parte del germen que concibe los nacionalismos catalán, vasco o gallego como anti-españoles.
6 – La Transición (1975-1982)
Durante la década de los 70, dentro del marco de la Transición, las diferentes regiones de España acudieron a la Historia para localizar sus rasgos diferenciales, aquellos que justificasen sus pretensiones de autonomía.
En 1977, con Adolfo Suárez de Presidente, surgen las preautonomías, unas fórmulas provisionales para institucionalizar las diferentes regiones hasta la llegada de la Constitución. Así, en septiembre de ese año, se restablecía de forma transitoria la Generalidad de Cataluña/Generalitat de Catalunya.
Desde diciembre hasta octubre de 1978, llegarían las preautonomías vasca, gallega, aragonesa, canaria, valenciana, extremeña, balear, castellanoleonesa, murciana y castellanomanchega. Cantabria, Madrid y La Rioja fueron las únicas que no se sumaron a este régimen.
El artículo I de la Constitución de 1978 define España como un único Estado, cuya unidad se fundamenta en la propia Constitución. Por su parte, el II, afirma que el Estado está integrado por una pluralidad de regiones y nacionalidades a las que reconoce el derecho a la autonomía.
Además, la Constitución establece 3 vías para llegar a la autonomía: la rápida, la lenta y la excepcional, recogidas en los artículos 151, 143 y 144, respectivamente.
La primera permitía el acceso inmediato, con todas las competencias, a los territorios que en el pasado habían aprobado un Estatuto (las llamadas regiones históricas) y tuvieran ya un régimen autonómico provisional.
Ellas fueron Cataluña, País Vasco, Galicia y, gracias el referéndum de 1980, Andalucía. Por ello, también, son las únicas que pueden convocar elecciones autonómicas cuando les place.
7 – Los primeros años de la democracia
Durante la primera fase del proceso autonómico, la Constitución se había tomado en clave nacionalista (catalán, vasco y gallego) pero, tras el referéndum andaluz, la autonomía pasa a verse como la norma de la estructura del Estado.
Ello implica que el derecho a la autonomía se extendió a todas, ya fueran nacionalidades o regiones, es decir, se impuso la igualdad legal.
Para las regiones denominadas como “no históricas”, por no haber aprobado Estatutos de Autonomía en la Segunda República, se dispuso la vía lenta. Con ella, estos territorios tenían, durante sus primeros 5 años de autonomía, menos competencias que las históricas.
Por su parte, la vía excepcional autorizaba al parlamento español a crear comunidades por interés nacional.
Así, los Pactos Autonómicos de 1981 dividieron el Estado en 17 Comunidades Autónomas y los de 1992 equipararon, a nivel competencial, todas las comunidades.
En profundidad: del Nacionalismo a los anhelos de autonomía
En 1789, se inicia la Revolución Francesa y, con ella, finaliza el Antiguo Régimen y comienza la Edad Contemporánea. Desde entonces, se extiende por Europa la idea de la libertad, es decir, el deseo de los pueblos de lograr su autonomía e importante sentimiento para el origen de las Comunidades Autónomas.
La filosofía, una aliada del nacionalismo
Immanuel Kant (1724-1804) definía la libertad como la capacidad natural de un hombre de hacer lo que le plazca, a no ser que se lo impida la fuerza de la ley. Además, para el filósofo, un hombre es libre cuando se rige por las leyes de moralidad que encuentra en su interior y no en el mundo exterior.
Por tanto, el hombre actúa con libertad cuando lo hace de acuerdo al imperativo categórico: su ley interior. De hecho, para Kant, el objetivo del hombre es determinarse a sí mismo como un ser autogobernado.
El nacionalismo, como doctrina, surge en Europa a principios del siglo XIX y encuentra en Kant una de sus principales referencias. Se trata de aplicar, a todos los niveles, el concepto de libertad humano en la vida de los pueblos. Un pueblo libre quiere autonomía y autogobernarse.
Otro personaje principal, el liberalismo
El concepto de nación está históricamente unido al del liberalismo (la contraposición al absolutismo) y ambos se enmarcan en el ciclo revolucionario. A partir de ese momento, nación, nacionalismo, regionalismo y autonomía se convierten en rasgos principales de nuestro tiempo.
Por ello, la revolución liberal precipita la toma de conciencia sobre la pertenencia a una nación.
En España, el artículo 6 de la Constitución de Cádiz (1812) recoge el amor a la patria como una de las principales obligaciones de las personas españolas. Por su parte, el romanticismo, al alejarse del culto a la razón propia de la Ilustración en favor de la exaltación de los sentimientos, trae consigo el concepto de patriotismo.
Durante el siglo XIX, quienes se manifestaron liberales vincularon la idea de progreso a la de un Estado fuerte y centralizado. De esta manera, marginaron los patriotismos locales o regionalismos que, lejos de desaparecer, se mantuvieron subyacentes a la espera del momento apropiado para emerger.
En España, fruto de prolongados procesos históricos, se configuran nacionalismos periféricos y regionalismos importantes, aunque no de masas.
Yo soy español, español, español
Además de los nacionalismos periféricos, se desarrolla un nacionalismo nacional, unitario y españolista. Su mayor preocupación será la unidad nacional.
De hecho, para quienes se reconocen como nacionalistas españoles, otros tipos de nacionalismo, como el vasco o el catalán, son entendidos como una forma de atentar contra esa unidad y, por ello, separatistas y anti-españolistas (gente enemiga de la patria).
Para Manuel Azaña (1880-1940), el problema regional era una enfermedad crónica de España. Efectivamente, ya que, capitaneado por los nacionalismos vasco y catalán, está presente, de una u otra manera, en la política española desde el ya mencionado Desastre de 1898.
Un romanticismo 2.0, también clave en el origen de las Comunidades Autónomas
Tras la Primera Guerra Mundial (1914-1918), resurgen el pensamiento mítico y el simbolismo propios del romanticismo y, con ellos, se despiertan las autonomías. Gracias a esas corrientes, comienzan a desarrollarse durante la II República, mediante el concepto constitucional del Estado Integral (aquel compatible con la autonomía de los municipios y las regiones).
Sin embargo, la Guerra Civil y el centralismo franquista detendrían y, según Gómez Conca, contribuirían al emponzoñamiento de un fenómeno que sería retomado durante la Transición.
Desde el inicio de las discusiones del anteproyecto de la Constitución, la utilización de los términos nación, nacionalidad o España fue motivo de problemas.
Fruto del consenso y para contentar a las fuerzas nacionalistas vascas y catalanas, el artículo 2 de la Constitución expone que su fundamento se encuentra en la indisoluble unidad de la Nación española y que reconoce el derecho a la autonomía y solidaridad de las nacionalidades y regiones que la integran.
De esta manera, la palabra nacionalidad es incluida para diferenciarla de región, pero, en ningún caso, pretende igualarla a la de nación.
Así las cosas, el artículo 137 reconoce a las Comunidades Autónomas, así como a los municipios y provincias, la autonomía para gestionar sus respectivos intereses.
Afirmas el derecho de las nacionalidades vasca catalana gallega por su “pasado” pero niegas, es más te burlas en el titular, del sentimiento de amor por la nación española. Con tu mismo argumento para apoyar las autonomías “históricas” yo afirmo que España es nación y como Francia tiene derecho a su unidad integridad e independencia.
Perdona, pero ¿exactamente en qué parte del titular me burlo?
Gracias este artículo me he sido terriblemente útil para mi proyecto, pero me gustaría preguntar sobre las dos islas y las dos ciudades autónomas que hay en España.
Me alegro mucho, Lequi. Respecto a tus dudas, ¿qué información necesitas? 🙂
El germen de las Comunidades Autónomas no son los Reinos musulmanes de taifas; es durante la dominación romana hacia el 197 a.C. que se divide el territorio, para una mejor administración provincial.
Sí, esa fue la primera división territorial de lo que hoy son España y Portugal, pero lo que es la organización actual parte, como digo en el artículo, de la división de Javier de Burgos (1833) y del Estado Integral de la II República. Y de Burgos se inspiró en los reinos taifas, de ahí que el artículo parta de ese momento histórico 🙂
No veo yo a los de erc, Torra, bng, bildu muy de Kant. Tal vez, PNV, pero vaya…
Artículo aberrante.
Carlos II, hijx de Felipe IV, muere sin descendencia el 1 de noviembre de 1700. En su testamento nombra a Felipe de Anjou, nietx de Luis XIV, herederx al trono de España.
Por eso la gente ve totalmente ridículo y un atentado contra la lógica estas x …
Se trata de respeto y de no presuponer la identidad de género de nadie. Se trata de inclusión, en lugar de discriminación. Además, he adoptado otro lenguaje inclusivo (con la e), de manera que ahora se lee mejor. Un saludo.